SE FUERON LAS COMPETENCIAS BÁSICAS, RETORNAN LAS COMPETENCIAS CLAVE.

02.11.2014 21:19

La LOE nos trajo ya en el lejano 2016 como nuevo elemento curricular las COMPETENCIAS BÁSICAS, eso significaba que dábamos un paso desde el trabajo de consecución de CAPACIDADES  al de APLICACIÓN  de las mismas en contextos diferentes (COMPETENCIAS ) y además su finalidad era que todo el alumnado al terminar la enseñanza obligatoria hubiese alcanzado las mismas ,de ahí su concepto de BÁSICAS, de esta forma estarían preparados para introducirse en la sociedad en la que iban a desarrollarse con las capacidades, habilidades, actitudes necesarias para seguir su formación o integrarse en el mundo del trabajo.

Con la llegada de la LOMCE se ha respetado el concepto de COMPETENCIAS, no ya por deseo propio, sino porque forma parte de lo establecido por la UNIÓN EUROPEA, en línea con la Recomendación 2006/962/EC, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente tal como indica en el preámbulo del Real Decreto 126/2014 .

Tanto en el preámbulo del Real Decreto 126/2014 como del Decreto 105/2014 se definen las competencias clave de la misma manera que se hacía con las competencias básicas.

Las competencias clave son el conjunto de aprendizajes, habilidades y actitudes de todo tipo y adquiridos en diversos contextos que son aplicados en diferentes situaciones de la vida real y académica.

Aquí  se observa  un cambio en la relación entre las propias competencias, o por lo menos se manifiesta en  dicha relación. En la LOE, se identificaban todas las competencias como básicas y, aunque en la práctica diaria resultase diferente, es obvio que de manera simplista se asociaban las competencias a las áreas o materias con las que tenían mayor relación dejando en un segundo plano el resto de competencias, es decir, no se establecía una predominancia de unas sobre las otras, ni se indicaban cuales resultaban más importantes. Ahora sí. En el artículo 5 del Decreto 105/2014 se establece que tanto la Competencia en Comunicación Lingüística (CCL) como la Competencia Matemática y competencias básicas en Ciencia y Tecnología (CMCT) deberán potenciarse especialmente.

Cambia, también, el número de competencias, si antes teníamos 8 competencias ahora nos encontramos con 7, cambiando en algunos casos la definición de las mismas.

Otra de las variantes observables en este cambio es que así como en la LOE las relaciones  entre los distintos elementos del currículo los deberían de establecer los propios docentes en la concreción curricular de su centro, en la LOMCE nos vienen señalados en el Anexo, así mismo otro tipo de variantes encontramos en la determinación de los objetivos. Anteriormente se señalaban los objetivos generales de etapa y los particulares de cada una de las áreas o asignaturas. En Real Decreto 126/2014 , el  currículo básico de las diferentes áreas se ha organizado partiendo de los objetivos propios de la etapa y de las competencias que se van a desarrollar a lo largo de la educación básica, mediante el establecimiento de bloques de contenidos en las áreas troncales, y criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables en todas las áreas, que serán referentes en la planificación de la concreción curricular y en la programación docente. Esto de entrada significa la importancia de los CONTENIDOS en el desarrollo del currículo, que aunque establece los CRITERIOS DE EVALUACIÓN como el referente para la comprobación de que se han adquirido los objetivos y el grado de adquisición de las competencias, implica que el aprendizaje debe partir de lo que hay que enseñar y no de las capacidades a lograr para adquirir esos conocimientos. Hay una contradicción manifiesta, si las competencias se basan fundamentalmente en el  saber hacer y no exclusivamente en el saber, se debería partir del criterio de evaluación como referente de las capacidades a conseguir, las mismas que nos indican los contenidos necesarios y la forma de conseguirlos .

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